Todas las ayudas para autónomos con hijos

Una mujer trabaja en la cocina con su hijo en brazos.

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  • Aprovecha las ayudas que están a disposición de los autónomos con hijos. Desde la baja por maternidad hasta la tarifa plana por vuelta a la actividad.
  • También hay bonificaciones por conciliación y deducciones por los gastos de guardería.

A pesar de que su situación ha mejorado en los últimos tiempos, los trabajadores por cuenta propia o autónomos siguen siendo los grandes olvidados. Esto no quiere decir que no haya medidas para hacerles la vida un poquito más fácil. Por ejemplo, todas estas ayudas para autónomos con hijos

En la mayoría de los casos (todo hay que decirlo) no son ayudas específicas para ellos, sino que son generales. Es decir, se pueden acoger a las mismas, tanto los autónomos como los empleados y empleadas. 

Baja por maternidad y paternidad

Al igual que las madres y los padres que sean trabajadores por cuenta ajena, las autónomas también tienen derecho a la baja de maternidad. Ésta será de 16 semanas, debiendo disfrutar las 6 primeras inmediatamente después del parto y las 10 restantes se pueden repartir en períodos semanales dentro de los 12 meses posteriores al parto.

Durante esta baja, tal y como explican en TaxScouts, las autónomas tienen derecho a una prestación económica del 100% de su base reguladora de cotización. Para calcular cuánto te corresponde, tendrás que sumar las bases de tus últimos 6 meses y dividir el resultado entre 180. El importe que dé será tu prestación diaria. 

Bonificaciones por conciliación 

Así explican esta ayuda desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social:  

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos tendrán derecho, por un plazo de hasta 12 meses, a una bonificación del 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes, en los siguientes supuestos:

  • Cuidado de menores de 12 años a su cargo.
  • Tener a cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, en situación de dependencia, debidamente acreditada.
  • Por tener a su cargo un familiar, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave

Es un subsidio, explican en la Seguridad Social, que compensa la pérdida de ingresos que sufren los trabajadores progenitores, adoptantes o acogedores, que reducen su jornada de trabajo y su salario para cuidar de manera directa, continua y permanente del menor a su cargo, afectado por cáncer u otra enfermedad grave de las determinadas legalmente.

Los beneficiarios pueden ser los trabajadores por cuenta ajena o propia, cualquiera que fuera su sexo, que reduzcan su jornada de trabajo, al menos en un 50% de su duración, para el cuidado del menor. Cuando ambos progenitores, adoptantes o acogedores, tengan derecho al subsidio, sólo podrá reconocerse a uno de ellos.

La cuantía equivaldrá al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, o la de contingencias comunes cuando no se haya optado por la cobertura de aquellas, aplicando el porcentaje de reducción que experimente la jornada de trabajo.

Deducción por maternidad 

El importe máximo es de 1.200 euros anuales por cada hijo. La deducción, indican en la Agencia Tributaria, "se calculará de forma proporcional al número de meses del periodo impositivo posteriores al momento en el que cumplas los requisitos, siempre que, durante dichos meses, ninguno de los progenitores perciba, en relación a este menor, el complemento de ayuda para la infancia previsto en la Ley que establece el ingreso mínimo vital salvo que, se hubiera tenido derecho al mismo antes del 1 de enero de 2023".

Incremento de la deducción por gastos de guardería

Si tienes derecho a la deducción por maternidad y habéis pagado gastos de custodia en guarderías o centro de educación infantil, la deducción se incrementará en un importe máximo de 1.000 euros.

Tarifa plana en la cuota para autónomas que vuelvan a la actividad

La última de las ayudas para autónomos o autónomas con hijos tiene que ver con la vuelta a la actividad.

Al regresar a tu trabajo como autónoma dentro de los dos años posteriores a la baja por maternidad, detallan en TaxScouts, tendrás acceso a la tarifa plana durante un período de 24 meses. 

En concreto, "las madres que regresan a su actividad tienen derecho a una bonificación del 80% de la cuota por contingencia común aplicada sobre la base media de los 12 últimos meses anteriores a la fecha del cese de tu actividad".

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