Hasta cuándo se puede presentar la declaración de la renta y qué pasa si no lo hago

Una mujer sorprendida con un ordenador.

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  • Hay una fecha límite para presentar la declaración de la renta. Si no lo haces, te sancionarán.
  • Las consecuencias de no hacer la declaración en plazo variarán dependiendo de si ha habido, o no, requerimiento.

Tranquilo, que todavía estás a tiempo. De sobra. Pero bueno, si estás obligado a presentar la renta, conviene no te duermas en los laureles. Porque, como te vamos a explicar un poquito más abajo, olvidarte de presentar la declaración de la renta tiene consecuencias. Y no son nada buenas. 

Pero antes de llegar a ese punto, mejor cumplir con las obligaciones tributarias. Si esta es tu intención (debería) ten muy en cuenta las fechas de la Campaña de la Renta 2024 (en la que se rinden cuentas de 2023). Son las siguientes: 

  • 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024: presentación por internet de las declaraciones de renta y patrimonio 2023.
  • 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria te podrá confeccionar la declaración de renta 2023 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).
  • 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024: la Agencia Tributaria te podrá confeccionar tu declaración de renta 2023 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio).

Para que seas atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierta previamente cita, por internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26/901 12 12 24 o 91 553 00 71/ 901 22 33 44.

Consecuencias de presentar la declaración de la renta a pagar fuera de plazo sin requerimiento

Ya sabes hasta cuándo puedes presentar la declaración de la renta. Ahora conviene que conozcas qué puede pasar si no la presentas.

Como ya se apuntó en Business Insider España (apoyándonos en un detallado artículo publicado en roams finanzas), el artículo 27 de la Ley General Tributaria, referida a los "recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo", dicta que el recargo será del 1%, más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso.

 

Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo, agregan en la ley, el recargo será del 15% y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse. 

En estos casos, se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación, hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado

Consecuencias de presentar la declaración de la renta a pagar fuera de plazo con requerimiento

El artículo que se debe consultar en este caso, señalan en roams, es el 191 de la ley comentada. El resumen rápido, como informan en la misma web, es el siguiente: 

  •    50% del total a pagar, cuando la base es inferior a 3.000 euros o superior sin ocultación. 
  •    Entre el 50% y el 100% del total, si hubo ocultación.
  •    Entre el 100% al 150% del total, si hubo medios fraudulentos.

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