El ruido del aire acondicionado del vecino es insoportable: ¿es posible denunciarlo?

Ruido de aire acondicionado

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La ley establece un límite legal de ruido que puede haber durante el día y la noche en cualquier caso, lo que permite a los ciudadanos presentar una denuncia cuando un vecino lo supera.

Pero, ¿qué pasa con el ruido del aire acondicionado en verano? ¿Los vecinos pueden quejarse o denunciar? ¿Qué puedes hacer si el ruido no te deja descansar en plena ola de calor?

¿Qué necesito para denunciar a un vecino por ruido?

Si el aire acondicionado del vecino hace ruido, el primer paso es comunicar por escrito el problema al propietario de la vivienda. A veces, el origen del ruido de este tipo de aparatos es una avería y basta con que el vecino lo arregle, según Noticias Trabajo.

En el caso de que el vecino se niegue a actuar frente al ruido del aire acondicionado, el siguiente paso es comprobar si el aparato está instalado de acuerdo con las directrices recogidas en los estatutos de la comunidad de vecinos

Por ejemplo, el aire acondicionado debe estar, como máximo, a una distancia de 2,5 metros de los pisos superiores e inferior a los 2 metros respecto a las ventanas que están a la misma altura del aparato. Así es cómo se debe instalar aire acondicionado en la fachada sin incurrir en ilegalidades.

Por tanto, es posible denunciar al vecino por el ruido del aire acondicionado cuando incumpla las medidas contempladas en los estatutos de la comunidad de propietarios. También es importante conocer el horario permitido para hacer obras en casa y cuándo puedes denunciar a un vecino por ruido.

También cuando el nivel de ruido supere los límites legales. Estas son las multas por hacer ruido en casa y molestar a los vecinos. Por ejemplo, una mujer tiene que pagar una sanción de 100 euros por dejarse el despertador encendido.

La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido establece los límites máximos de ruido permitidos. Para ampararse en ella, hay que presentar a la policía una queja, que medirá el ruido y puede solicitar al ayuntamiento una inspección.

"Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas", tal y como recoge la ley de propiedad horizontal.

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Etiquetas: Vivienda, Legislación