Las pensiones que te liberan de tener que hacer la declaración de la renta este 2023

Señor mayor en silla de ruedas por incapacidad

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  • La campaña de la declaración de la renta 2022-2023 comienza en abril y ya se sabe qué personas tienen la obligación de presentarla este año.
  • ¿Qué pensionistas están exentos de hacer la declaración de la Renta 2023? Como recoge la Ley del IRPF, "estarán exentas las siguientes rentas".

La campaña de la Renta 2023 abre su plazo el martes 11 de abril, fecha a partir de la cual los españoles están llamados a realizar la declaración del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) correspondiente al 2022.

Para dicho ejercicio, ya se conoce que están obligadas a realizar la declaración de la renta en este 2023 todas aquellas personas que tuvieron un solo pagador y un importe mínimo en rendimientos de trabajo de 22.000 euros el año pasado.

Además, quienes contaron con 2 o más pagadores también deben hacer la declaración a partir de los 15.000 euros (entre las novedades de este año se encuentra la subida de este umbral, pues antes estaba en 14.000 euros), siempre y cuando la suma del segundo pagador y los sucesivos sea en su conjunto de 1.500 euros.

¿Qué pensiones están exentas de hacer la declaración de la renta 2023?

Así, a partir de lo anteriormente expuesto, los contribuyentes con ingresos menores de 15.000 euros el ejercicio pasado no tienen por qué presentar la renta este año.

Pero, además, hay algunos pensionistas que están exentos de hacer la declaración de la renta en 2023. Si te encuentras en uno de los siguientes grupos, no tendrás que presentar el IRPF:

  • Pensiones contributivas de incapacidad permanente: se aplica solo para los grados de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.
  • Clases pasivas: aplicable para las personas con pensiones por clases pasivas como consecuencia de inutilidad o incapacidad permanente.
  • Prestaciones familiares: entran las prestaciones por nacimiento y cuidado de un menor (por paternidad o maternidad), así como las pensiones de orfandad o las que son a favor de nietos o hermanos.
  • Víctimas del terrorismo: si tu pensión de jubilación es derivada de un acto de terrorismo, dicha renta estará exenta.
  • Víctimas de la Guerra Civil: en este caso, es por la pensión a favor de las personas que "sufrieron lesiones o mutilaciones con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil".

Calendario de la declaración de la renta en 2023: estos son los plazos y las novedades

En general, las personas que perciban pensiones por jubilación, viudedad, accidente, enfermedad o incapacidad —consideradas como rendimientos de trabajo— deberán presentar la declaración de la renta si superan las cantidades de rendimientos arriba mencionadas. Es decir, tendrán la obligación (o no) en los mismos casos que el resto de contribuyentes.

Sin embargo, para estos casos concretos de pensionistas —y de otras personas, como recoge el artículo 7 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas—, estas rentas "estarán exentas".

De todas formas, es posible que a algunos contribuyentes sin obligación de hacer la declaración les compense hacerlo, en función de si les sale a pagar o a devolver.

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Etiquetas: Finanzas personales, Declaración de la renta