Si naciste entre 1960 y 1970 podrás cobrar el 100% de la pensión de jubilación
- Las personas nacidas entre 1960 y 1970 ya pueden acceder a la jubilación si cumplen los requisitos.
- Obtener el 100% de la pensión en 2024 se puede conseguir en varios supuestos.
Aquellas personas que han nacido entre 1960 y 1970 ya pueden ir pensando en la jubilación, siempre y cuando cumplan con los requisitos para hacerlo. Y es que cobrar el 100% de la pensión dependerá de la edad de jubilación y de los años cotizados.
Si has nacido entre los 60 y 70 y quieres saber cómo jubilarte y cobrar toda la pensión, te lo contamos a continuación.
La edad mínima de jubilación en 2024
En la actualidad, la edad mínima para jubilarte en 2024 es de 65 años, siempre que tengas cotizados 38 años. En caso de que no los tengas, entonces deberías tener 66 años y 6 meses para optar por la pensión de jubilación, una edad que se va ajustando año tras año. Para 2027 la edad de jubilación de una persona que no dispone de 38 años cotizados será de 67 años, con lo cual:
- Para 2025, la edad será de 66 años y 8 meses.
- Para 2026, la edad será de 66 años y 10 meses.
En el caso de los nacidos entre 1960 y 1970, están aproximándose a esta edad. Una persona nacida en 1960 cumplirá este año 64 años, momento en el que conviene repasar la vida laboral para saber cuál puede ser la pensión a la que optar. Sin embargo, puede darse el caso de que estos se jubilen incluso sin haber llegado a la edad de jubilación.
Las opciones de jubilación de los nacidos entre 1960 y 1970
Para aquellas personas que han nacido entre 1960 y 1970 disponen de tres opciones de jubilación:
Jubilación anticipada
Se caracteriza porque se debe renunciar a un porcentaje de la base reguladora. Dicho de otro modo, no se percibe el 100% de la pensión. Según el documento aportado por la Seguridad Social, según los meses que se adelante la jubilación, y el periodo cotizado, se podría reducir hasta en un 21% esta prestación.
Los requisitos que hay que cumplir para esta modalidad es tener 63 años con 38 años de cotización, o bien 64 años y 6 meses si se tienen menos años. También será necesario estar dado de alta en la Seguridad Social y disponer de un periodo mínimo de cotización de 35 años. De estos, dos han de estar dentro de los 15 últimos años antes de solicitar la jubilación.
Jubilación anticipada especial
Con ella nos referimos a diferentes colectivos o profesionales que tienen establecida una jubilación anticipada que puede aportar el 100% de la pensión. Por ejemplo:
- Mutualistas que pueden jubilarse a partir de los 60 años.
- Trabajadores discapacitados en un 45-65%.
- A partir de los 61 años sin ser mutualista.
- Personal del Estatuto Minero, personal de vuelo, artistas, ferroviarios, bomberos, profesionales taurinos o miembros de la Ertzaintza.
- Jubilación flexible o parcial. En este caso no es que se reciba la pensión al completo, sino que la persona puede trabajar menos horas y recibir su salario, por un lado, y una parte de su pensión, por otra.
Jubilación normal
Esta es la más utilizada en todos los casos, que te proporciona el 100% si se cumplen los requisitos, de los que te hemos comentado antes (65 años con 38 años cotizados o entre 66 y 67 años sin ese mínimo de años cotizados).
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