La ley que te permite teletrabajar si tienes hijos o personas dependientes a tu cargo

Teletrabajo con niños

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Jorge Espinosa

  • La normativa de junio de 2023 garantiza el teletrabajo para quienes buscan conciliar su vida laboral y familiar.
  • La nueva ley amplía la edad para el cuidado de menores y permite el teletrabajo para quienes cuidan a personas dependientes.

El teletrabajo ganó hace poco más de un año un nuevo aliado en España. En junio de 2023 entró en vigor el Real Decreto-ley 5/2023 que, entre otras cosas, garantiza la posibilidad de adaptación de modelos híbridos a aquellos trabajadores que deseen adaptar su jornada para facilitar la conciliación laboral y familiar.

Tres años después de que las empresas encontraran en el teletrabajo la fórmula del éxito para sobrellevar la pandemia del COVID-19, muchas de ellas intentan ahora de revertir esta tendencia, exigiendo el regreso de sus empleados a la oficina.

Sin embargo, la normativa incorporada al Estatuto de los Trabajadores otorga prioridad a aquellos empleados con responsabilidades familiares para adoptar modelos de trabajo que les permitan conciliar sus obligaciones personales con las profesionales. El teletrabajo ha demostrado ser una herramienta eficaz para lograr este equilibrio.

Cobertura para cuidado de menores y personas dependientes

Una de las modificaciones más significativas es la eliminación del límite de edad para solicitar el teletrabajo por cuidado de menores, que ahora se extiende más allá de los doce años. Además, esta ley también beneficia a los trabajadores que tienen a su cargo a familiares dependientes, sean el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado del trabajador, y otras personas dependientes demostrando que viven en el mismo domicilio que la persona que solicita teletrabajar. 

La norma amplía considerablemente las posibilidades de conciliación para quienes cuidan de personas mayores o dependientes.

¿Puede negarse la empresa a concederte el teletrabajo?

Uno de los puntos clave de esta normativa es la obligación de las empresas de atender las solicitudes de teletrabajo en estos casos. Anteriormente, el trabajo en remoto era considerado una opción voluntaria que dependía de la negociación con la empresa. Ahora, las compañías no pueden negarse a adaptar la jornada laboral de los empleados que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.

Los modelos de trabajo híbrido se presentan como una solución efectiva para que las empresas cumplan con la normativa y se adapten a las necesidades de sus empleados. Además, la ley protege a los trabajadores que soliciten esta adaptación laboral por motivos de conciliación, declarando nulo cualquier despido que se produzca en este contexto.

En el caso de que un empleado solicite el teletrabajo por alguna de las causas expuestas, la empresa debe abrir un proceso de negociación para la adaptación de la jornada. La normativa reduce de 30 a 15 días el periodo para resolver el proceso, y si la empresa no presenta una oposición motivada en este periodo, se presumirá concedida la solicitud.

Todo comenzó con una denuncia

El origen de esta normativa está motivada por la denuncia presentada por una trabajadora de Oviedo en 2022, quien solicitó a su empresa la opción de teletrabajar para poder cuidar a sus dos hijos pequeños. La empresa, sin embargo, solo le concedió un 23% de su jornada en modalidad remota, argumentando que el teletrabajo no se alineaba con sus intereses comerciales.

Insatisfecha con esta respuesta, la trabajadora decidió llevar su caso ante la justicia. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias falló a su favor, otorgándole tres días de teletrabajo a la semana. Esta sentencia, que establece un precedente legal, refuerza el derecho a la conciliación y ha sido clave en la elaboración de la normativa actual.

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Etiquetas: Teletrabajo, Estatuto de los Trabajadores, Derechos laborales, Empresa