España "viola" la Carta Social Europea: Díaz convocará a sindicatos y patronal para adaptar las indemnizaciones por despido

Pepe Álvarez, secretario general de UGT.
Pepe Álvarez, secretario general de UGT.

UGT

  • El Comité Europeo de Derechos Sociales ha resuelto que la indemnización por despido en España no cumple con lo establecido en la Carta Social Europea, según ha confirmado el sindicato UGT este lunes.
  • La resolución se publicará el lunes 29 de julio. UGT ha llamado al Gobierno, la patronal y al resto de sindicatos a reunirse para adaptar la ley a la resolución. Yolanda Díaz ha anunciado que convocará a todas las partes para negociar los cambios.

El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha fallado que la ley española "viola" lo establecido en la Carta Social Europea en cuanto a la indemnización por despido en el país, según ha informado UGT.

El sindicato ha celebrado este lunes 22 una rueda de prensa con la intención de comunicar todo el contenido de la resolución del comité del Consejo de Europa, pero esta finalmente solo podrá hacerse pública el lunes 29 de julio.

Se trata de una resolución "histórica" y "justa" que declara que la ley laboral de España "viola" el artículo 24 de la Carta Social Europea —en el que se reconoce "el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada"—, han afirmado Pepe Álvarez, secretario general de UGT, y Fernando Luján, vicesecretario general de política sindical del sindicato.

Tanto esta resolución sobre la ley española como las anteriores en referencia a otros países como Francia o Italia exponen que la indemnización por despido sin causas objetivas no debería poder ser conocida previamente por el empresario y que tiene que resarcir de manera adecuada a la víctima, defiende el pago de los salarios de tramitación y señala que ha de impedir que a la empresa le merezca la pena extinguir el contrato de trabajo, han resumido.

El sindicato asegura que "es evidente" que la cuantía en España "no va en esa dirección" e interpreta que "no hay ningún lugar a dudas de que la sentencia es de carácter vinculante" en la práctica: porque habla de "violación", dos tribunales españoles ya la han aplicado, ha tenido efectos en otros países del continente y la constitución española fija que los tratados internacionales han de formar parte del ordenamiento interno, argumentan.

Además, UGT ha pedido que se elimine o eleve el tope máximo legal de dos años y se fije un mínimo de seis meses, y considera que los jueces deben tener en cuenta la situación personal del trabajador y aspectos agravantes como su situación económica, si paga un alquiler o hipoteca, si tiene personas a su cargo, si forma parte de un colectivo con riesgo de vulnerabilidad o su ubicación geográfica o edad.

Finalmente, la organización sindical ha realizado un llamamiento para que el Gobierno, la patronal y los sindicatos se reúnan a partir de septiembre para estudiar la adaptación de la ley española a esta resolución: "No hace falta que sea el 30 de julio, podemos esperar a septiembre", ha bromeado Pepe Álvarez.

En cualquier caso, ha sostenido, "vamos a seguir peleando sentencia a sentencia, juzgado de lo social a juzgado de lo social", porque "los trabajadores de nuestro país tienen mucho que ganar".

El CEDS, organismo dependiente del Consejo de Europa, ya dio a conocer en marzo de 2024 su resolución —aunque solo a las partes—, en la que dictaminaba que la indemnización por despido improcedente en España vulnera la Carta Social Europea, como aseguraba UGT en su denuncia.

La resolución no es vinculante, pero PSOE y Sumar prometen en su programa "establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea".

Poco después de la rueda de prensa de UGT, Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social y vicepresidenta del Gobierno, se ha mostrado mostrarse favorable a adaptar la indemnización por despido española a Europa y ha anunciado que convocará a sindicatos y patronal para negociar los cambios legales.

"Es un elemento más que va a ser susceptible de reforma y que además lo será, como siempre, en la mesa de diálogo social y acomodando a la legislación europea", ha señalado.

"Es clave que lo que es fuente de derecho, como hemos hecho en otras ocasiones, forme parte de nuestra legislación", ha complementado Díaz, que planea abordarlo cuando acaben la negociación de la reducción de la jornada laboral y la del estatuto del becario. 

Ante un despido improcedente, la empresa cuentan con dos opciones:

  • Elegir la readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación (aquellos debidos desde la fecha del despido hasta la de la sentencia).
  • Pagar una indemnización de 33 días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de 24 mensualidades.

Sin embargo, la justicia tiene la posibilidad de aumentar la indemnización cuando la consideren insuficiente, tal y como establecen el convenio 158 de la OIT y el artículo 24 de la Carta Social Europea.

De hecho, algunos tribunales españoles han concedido indemnizaciones por encima de esos 33 días, por entender que esa cantidad era insuficiente, al "no compensar el daño producido" ni tener "efecto disuasorio para la empresa", especialmente en casos en los que la persona trabajadora tenía poca antigüedad en el puesto.

900.000 despidos cada año en España: hay mucha "ligereza" para despedir y el coste es una "porquería"

En España hay cerca de 900.000 extinciones de trabajo cada año, unas 140.000 demandas por despido llegan a los tribunales anualmente y las indemnizaciones netas equivalen a unos 9.000 euros de media por un despido improcedente o "injusto", según las cifras de UGT.

"Tenemos una situación en nuestro país que no es aceptable", porque "se recurre de manera automática", "arbitraria" y "demasiado fácil" al despido en lugar de proteger los contratos de trabajo, ha declarado Fernando Luján.

El vicesecretario general de política sindical del sindicato entiende por esa protección que el despido sea la última opción a la que acudir por parte de la empresa, que se aumenten las indemnizaciones y se abonen los salarios de tramitación y que las respuestas de los tribunales lleguen en un "plazo razonable".

El objetivo no es tanto aumentar el dinero que se gasta en indemnizaciones —si bien "el coste del despido es una porquería" en España—, defiende Álvarez por su parte, sino que "no haya tanta ligereza a la hora de despedir", especialmente sin causas objetivas.

El secretario general de UGT ha aprovechado para mandar mensajes al Ejecutivo —"uno tiene que ser coherente con sus políticas, y esta resolución sobre todo tiene cara de mujer"— y a la CEOE —"se equivoca" si piensa que puede negarle importancia a la sentencia o que puede sacarle "rentabilidad"—.

Los dos dirigentes han respondido a las recientes palabras de Antonio Garamendi, presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales, quien ha afirmado que la resolución del CEDS, al ser un órgano "consultivo", no les "obliga" a nada —"hay muchos temas consultivos que no se atienden" en el país, ha apostillado—, y ha criticado la falta de seguridad jurídica.

"Uno de los problemas que nosotros estamos viendo en este país, y lo digo permanentemente, es que tiene que haber seguridad jurídica, estabilidad regulatoria y calidad de las normas. Lo estoy diciendo permanentemente. El planteamiento de seguridad jurídica es que si tengo que invertir, tengo que tener confianza. Y si me cambias las normas cada tres días... Por lo menos de la palabra confianza dudaré", ha expresado en una entrevista a El País, publicada este lunes 22.

"¿Seguridad jurídica para quién?", porque también debe haberla para los trabajadores con contrato indefinido, ha contestado Luján.

"Seguridad jurídica es que seamos capaces de dar algunas pautas a los jueces en relación con los criterios a seguir", se ha sumado Álvarez.

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