Cómo reanudar una prestación suspendida por el SEPE

Señor entra a una oficina del SEPE

REUTERS/Susana Vera

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  • El SEPE te puede quitar la prestación de forma temporal o definitiva pero también te la puede reanudar y ellos mismos te dicen cómo recuperarla. 
  • Puedes recuperarlo de forma telemática o presencial, pero estate atento y actúa rápido porque normalmente solo tienes 15 días de plazo.

Si eres desempleado y cobras alguna prestación te puede llegar una sorpresa desagradable: la falta de cobro de la prestación contributiva por desempleo o del subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Inmediatamente te surgirán las preguntas de ¿Por qué he dejado de recibir el paro? o ¿Cómo puedo reanudar mi prestación suspendida y cuál es el plazo para hacerlo? No te preocupes porque no solo puedes recuperarla, sino que el propio SEPE indica cómo.

Por qué te pueden quitar la prestación por desempleo

Existen varias razones por las que el SEPE puede suspender el cobro del paro o los subsidios por desempleo y están claramente estipuladas en la normativa:

  • Agotamiento de la ayuda: la prestación puede haber llegado a su fin si has consumido todo el tiempo asignado.
  • Cobro indebido: si debes algún importe al SEPE debido a un cobro indebido, la prestación puede ser compensada hasta saldar la deuda.
  • Procedimiento sancionador: iniciar un procedimiento sancionador puede llevar a la suspensión de la ayuda, y esto se te comunicará por correo certificado.
  • Inicio de actividad laboral: si comienzas una actividad por cuenta propia o ajena, o si se te reconoce alguna pensión de la Seguridad Social, la prestación puede ser suspendida.
  • Clave de impago: no haber cobrado el mes anterior puede generar una clave de impago en la prestación.

Además de los motivos anteriores, se añade el hecho de sobrepasar el límite de rentas estipulado en el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente es de 850,5 euros mensuales.

Cómo solicitar desde ya la ayuda de 600 euros del SEPE

Cómo reanudar una prestación suspendida

Para volver a recibirla solo requiere seguir ciertos pasos y cumplir con los requisitos establecidos. La forma más rápida y sencilla de solicitar la reanudación de tu prestación es a través de la Sede Electrónica del SEPE. Para ello, necesitarás DNI Electrónico, certificado digital o el sistema Cl@ve.

Accede al portal del SEPE, identifícate con alguno de los métodos mencionados y sigue las instrucciones para solicitar la reanudación de tu prestación.

Si prefieres un trato directo, puedes acudir a una oficina del SEPE. Es necesario que solicites una cita previa a través de la web del SEPE o llamando al teléfono de atención al ciudadano. Una vez en la oficina, presenta la documentación requerida y solicita la reanudación de tu prestación.

Los plazos para reanudar la prestación

Tienes que ser rápido porque generalmente dispones de 15 días hábiles desde la fecha en que cesaron las causas que motivaron la suspensión. Es importante no dejar pasar este tiempo para evitar complicaciones adicionales.

En algunos casos, la reanudación puede ser automática (de oficio) si la suspensión se debió a un procedimiento sancionador y una vez concluido este procedimiento. Sin embargo, esto solo aplica si la duración de la ayuda no se ha agotado y si se mantiene la condición de demandante de empleo.

Cómo evitar la suspensión de la prestación

Para evitar futuras suspensiones, es fundamental cumplir con todos los requisitos establecidos por el SEPE y mantener actualizados tus datos personales y situación laboral. 

  • Mantén al día tu demanda de empleo: renueva tu demanda de empleo según las indicaciones del SEPE.
  • Informa de cualquier cambio: notifica al SEPE cualquier cambio en tu situación laboral o personal que pueda afectar tu prestación.
  • Cumple con los requisitos de rentas: asegúrate de que tus ingresos no superen los límites establecidos para los subsidios.

Mantente siempre informado sobre las normativas y requisitos para evitar futuras suspensiones y garantizar el cobro de tu prestación por desempleo.

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Etiquetas: Paro, Gobierno de España, Trabajo, Legislación